Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la decisión publicada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha 02 de mayo de 2007. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano FREDDY JULIO AÑEZ ANGULO contra la empresa PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A. (PDVSA). TERCERO: Se exonera a la parte actora del pago de las costas de conformidad con las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se confirma el fallo apelado.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con las previsiones del artículo 95 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Proc.....