DISPOSITIVO:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 3 de mayo de 2012, emanada del Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio, de este Circuito Judicial del Trabajo., SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana DENISSE ARGELIA RIVAS MARCANO en contra de la Sociedad Mercantil UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO MIS ANHELOS. En consecuencia se condena a la última de ellas a cancelar a la parte actora el monto de Bs. 4.947,96. Más los intereses de mora e indexación. TERCERO: Se modifica el fallo apelado, CUARTO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.