DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: : PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación formulado la representación judicial de la parte demandada en contra de la sentencia dictada en fecha 29 de junio de 2010, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana EMMANUELIS ANTONIETA SUAREZ GONZALEZ, en contra de la FUNDACION MISION CHE GUEVARA. TERCERO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del ente condenado.
Se ordena librar oficio al Juzgado Décimo de Primera instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines de indicarle las resultas del presente recurso de apelación.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página .....