1.- LA NULIDAD de las actuaciones cursantes a los folios 158 al 162, ambos inclusive de la 1ª pieza, en el juicio interpuesto por el ciudadano: RAFAEL DI NAPOLI PETRILLO contra la sociedad mercantil denominada: TRANSCARGA INTL. AIRWAYS, C.A. y de manera personal al ciudadano JULIO JOSE MÁRQUEZ BIAGI, todos plenamente identificados en autos.
2.- LA REPOSICIÓN de la presente causa al estado de la celebración de la Audiencia de Juicio, no sin antes proceder a la notificación de la presente decisión a los codemandados TRANSCARGA INTL. AIRWAYS, C.A. y de forma personal al ciudadano JULIO JOSE MÁRQUEZ BIAGI y una vez conste en autos su debida notificación y haya transcurrido el lapso para ejercer los recursos que consideren convenientes las partes, se fijará por auto separado la oportunidad para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Juicio, no se ordena la notificación de la parte demandante por encontrarse a derecho.
3.- No hay condena en costas dada la naturaleza de la pr.....