/ Se publicó y consignó resolución (reproducción escrita) declarándose: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Alirio Molinares B. contra las siguientes personas jurídicas y naturales: i) "Jardinería Veracruz, c.a.", ii) "Jardín Las Mercedes, c.a.", iii) Manuel C. Gomes de Sousa, iv) Francisco M. Rocha, v) Antonio Mendes Da Silva J. y vi) Nelson L. de Sousa T., ambas partes identificadas en los autos y se condena a éstos a pagar al accionante las diferencias a especificar en el fallo por escrito con los intereses de mora y corrección monetaria. 2.- No hay condena en costas porque ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este proceso de conformidad con el art. 59 LOPTRA. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en el cual venza el referido en el art. 159 LOPTRA para la consignación de la misma en forma escrita.