Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR las demandas interpuestas por los ciudadanos: (1) GILBERTO J. SOTO MORENO, (2) ANIVAL J. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, (3) NAZARETH DE JESÚS CANELÓN ANGULO, (4) JOSÉ A. HERNÁNDEZ GÓMEZ, (5) JOSÉ R. FERNÁNDEZ GARCÍA, 6) GIOVANNI J. ESCALONA MONTILLA, (7) ELEAZAR HERNÁNDEZ TERÁN, (8) LUIS A. FLORES, (9) JOSÉ L. MORENO RAMOS, (10) NICOLAS PEREIRA ROJAS, (11) JOSÉ G. MÉNDEZ MENDOZA, (12) JUAN P. CAÑIZALES y (13) JESÚS D. CORONEL GUEVARA contra la entidad de trabajo denominada "HOTEL TAMANACO COMPAÑÍA ANÓNIMA", ambas partes identificadas en los autos. 2.- No hay condenatoria en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este proceso, de conformidad con el art. 59 LOPT. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive.-