/ Se publicó y consignó resolución declarándose: 1.- LA NULIDAD de las actuaciones cursantes a los folios 133 al 145, 148 al 150, 153 al 165, 171, 172 y 174 al 182 inclusive, en la demanda interpuesta por el ciudadano: Pablo Cruz Ortuño contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, ambas partes identificadas en los autos. 2.- LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado que el Juez 16° de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito, admita la demanda ordenando la citación (notificación en nuestro proceso laboral) de la República Bolivariana de Venezuela, en la forma establecida en este fallo. No hay condena en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este proceso, conforme al artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive.