/ Se publicó y consignó resolución declarándose: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos de la Providencia Administrativa n° 259-10 de fecha 10 de marzo de 2010 de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador en el Distrito Capital, planteada por la sociedad mercantil denominada "Inversiones Inkobe, c.a." .2.- Se deja constancia que el lapso (cinco días de despacho) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive. También se aclara que no se ordena la notificación del Procurador General de la República por cuanto la sentencia no obra contra los intereses patrimoniales de la República, conforme a fallo n° 2.279 de fecha 15 de diciembre de 2006 (caso: Milka Mendoza de Couri c/ Junta Liquidadora del Instituto Agrario Nacional, hoy Instituto Nacional de Tierras), emanado del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social.