/ Se publicó y consignó sentencia (reproducción escrita) declarándose: 1.- EXIME de responsabilidad a la empresa "c.a. Metro de Caracas". 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano: Orlando Cuesta contra la sociedad mercantil denominada "Trevi Cimentaciones, c.a.", ambas partes identificadas en los autos. 3.- No hay condena en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este proceso, conforme al art. 59 LOPTRA. 4.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día ?exclusive? en que venza el previsto en el art. 159 LOPTRA para la consignación de la misma en forma escrita (in extenso). También se aclara que no se ordena la notificación de la Procuradora General de la República por cuanto la sentencia no obra contra los intereses patrimoniales de la República.