se solicita aclare "1.- Punto dudoso: El fraude procesal se sustancia de acuerdo a la jurisprudencia de la Sala Constitucional por vía incidental, lo cual no fue aclarado en la sentencia. Por tanto solicitamos esta aclaratoria." y "2.- Salvar Omisiones: En la sentencia proferida se omiten los alegatos aportados en la audiencia de juicio por el recurrente. Estos alegatos constan en la grabación realizada de la audiencia oral de juicio realizada el 30 sept. De 2021. Por lo tanto se aclare esta omisión."
1.- Con respecto a la solicitud de aclaratoria en cuanto al FRAUDE PROCESAL este Juzgador le señala a la parte recurrente que fue el sexto y último vicio delatado en el libelo de nulidad de la providencia administrativa, el cual fue resuelto en la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 16 de noviembre de 2021, en la que se desestimó el argumento esgrimido por el recurrente en cuanto a la PRESUNCIÓN DE FRAUDE PROCESAL, visto que no fue probada la existencia de "la colusión alegada.....