/ Se publicó y consignó sentencia interlocutoria declarándose: 1.- LA NULIDAD de las actuaciones cursantes a los folios 24-36 inclusive, 53, 54 y 56, en la demanda interpuesta por la ciudadana: Vanessa A. Moreno G. contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Educación, ambas partes identificadas en los autos. 2.- LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado que el Juez o Jueza 18° de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito, admita la demanda ordenando la citación (notificación en nuestro proceso laboral) de la República Bolivariana de Venezuela, como parte accionada en esta contienda judicial, en observancia a los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.