/ Se publicó y consignó sentencia interlocutoria declarándose: 1.- LA NULIDAD de las actuaciones cursantes a los folios 09-39 inclusive, 61, 62 y 64-66 inclusive, en la demanda interpuesta por la ciudadana: Rosa Del V. Acosta G. contra el Instituto de Deporte y Recreación Mirandino, ambas partes identificadas en los autos.2.- LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado que el Juez 29° de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito, admita la demanda ordenando la notificación del Procurador del estado Miranda cumpliendo las formalidades y requisitos establecidos en el Decreto Ley tantas veces citado, esto es, honrando las formalidades y requisitos establecidos en el mismo, sin la suspensión del proceso.