/ Se publicó y consignó sentencia (reproducción escrita) declarándose: 1.- CON LUGAR la prescripción de la acción opuesta por la accionada 2.- SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano: Jean Carlos Meza Scott contra la sociedad mercantil denominada "Pejotaele Electrónica, C.A.", ambas partes debidamente identificadas en los autos. 3.- No se condena en costas al demandante por cuanto adujo devengar un salario que no excede los tres (3) mínimos mensuales. 4.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el referido en el art. 159 LOPTRA para la consignación de la misma en forma escrita.