/ Se publicó y consignó resolución (reprodución escrita) declarándose: 1.- Que entre la demandante y la co demandada CANTV no existió una relación de trabajo; 2.- SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Doris Y. Rodríguez P. contra la sociedad mercantil denominada "Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela", ambas partes identificadas en los autos; 3.- No se condena en costas a la actora conforme al art. 64 LOPTRA; 4.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Doris Y. Rodríguez P. contra la sociedad mercantil denominada "J.M. The World Consulting, c.a." y se condena a ésta a pagar a aquélla los conceptos a especificar en el fallo por escrito.