/ Se publicó y consignó resolución declarándose: 1.- La inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos: Álvaro Jiménez, Gustavo G. Díaz, Jack G. Schaffter, César A. Pacheco, José R. Vivas, Wilson I. Lombano, Juan C. Barrios y Rafael A. Olivares contra la sociedad mercantil denominada "Petróleos de Venezuela, s.a.", ambas partes identificadas en los autos, de conformidad con el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 2.- No hay condena en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este proceso. 3.- Asimismo, se deja constancia que el lapso para ejercer recursos (03 días de despacho ex artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales) en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive.-