/ Se publicó y consignó resolución declarándose: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos de la Providencia Administrativa n° 492-2010 de fecha 31 de agosto de 2010 de la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador en el Distrito Capital (Sede Este), planteada por la sociedad mercantil denominada "Administradora San Francisco, c.a.". 2.- Se deja constancia que el lapso (cinco -5- días de despacho) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy -exclusive- en que se vence el previsto en el art. 105 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa para pronunciarse sobre la solicitud de medida cautelar (éste de cinco -5- días de despacho se inició cuando se abriera el cuaderno separado, el 20/06/2011, vid. fols. 20 al 22 inclusive del presente cuaderno).