Se publicó y consignó resolución declarándose: 1.- SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana: Mireya J. Rivas contra la sociedad mercantil denominada "La Oriental de Seguros, c.a.", ambas partes identificadas en los autos. 2.- No se condena en costas a la actora por haber devengado un último salario que no excede de los tres mínimos mensuales a que se refiere el art. 64 LOPTRA. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el previsto en el art. 159 LOPTRA para la consignación de la misma en forma escrita.