/ Se publicó y consignó sentencia (reproducción escrita) declarándose: 1.- LA NULIDAD de las actuaciones, desde el acta fechada 15 de enero de 2009 (fol. 74), con motivo de la demanda interpuesta por el abogado Juan B. Reyes H, sedicente apoderado del ciudadano: Rafael B. Herrera contra el Instituto de Vialidad y Transporte del estado Miranda (INVITRAMI), ambas partes identificadas en los autos. 2.- LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que la Jueza Trigésimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, se pronuncie en consecuencia aplicando las disposiciones adjetivas pertinentes para el caso de ausencia de acreditación de representación de los mencionados abogados Juan B. Reyes H. y Hugo Castro, cuando comparecieron en fecha 15 de enero de 2009.