PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana VIDA LUZ DOMINGUEZ en contra de PEDRO ENRIQUE GOMEZ CALDERON. En consecuencia, SE ORDENA el pago que por concepto de Prestaciones Sociales resulte a favor de la referida ciudadana, cuya determinación se especificará en la motiva del presente fallo, y una vez obtenido el monto por tal concepto se deberá deducir la cantidad de Bolívares Bs. 5.000,00, todo ello según el articulo 165 de la LOT. SEGUNDO: SE ORDENA el pago de los intereses sobre la prestación de antigüedad, intereses de mora e indexación judicial tal como se especificará en la motiva de la presente decisión. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por cuanto fueron otorgados todos los conceptos reclamados.