1) se HOMOLOGA la transacción suscrita entre los ciudadanos: MAGLENY ESPERANZA MATHEUSGAMEZ e HILDA DEL VALLE ROJAS ZAMORA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad NOS. 10.486.165 Y V-9817.406 respectivamente y la sociedad mercantil sociedades mercantiles "SIM-ONE COMPAÑÍA ANÓNIMA" y "SIM 77777 COMPAÑÍA ANÓNIMA", debidamente inscritas en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital del Estado Miranda en fecha 26 de noviembre2004, bajo el N° 21, Tomo 1005 A; en el Registro Mercantil V de la Circunscripción dicial del Distrito Capital del Estado Miranda en fecha 26 de febrero de 2005, bajo el N° $3, Tomo 1202 A, y LINE WORK TRADE 777, C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Séptimo del Distrito Capital en fecha 01 : julio del 2011, bajo el No. 37, Tomo 68-A, respectivamente y en forma personal el ciudadano CARLOS ANDRES COVA CHIMARAS, identificado con la cédula de identidad No. V-9.972.209, en los mi.....