Se dictó sentencia mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de nulidad incoado por la sociedad mercantil CLÍNICAS RESCARVEN, C.A., antes denominada ADMINISTRADORA DE PLANES DE SALUD CLÍNICAS RESCARVEN, C.A., en contra de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 048-16 de fecha 04/03/2016 en el expediente N° 027-2014-01-05271, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO MIRANDA ESTE CON SEDE EN CARACAS, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, que declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y la Restitución de la Situación Jurídica Infringida incoada por el ciudadano DANIEL ENRIQUE RANGEL GALVIS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-19.581.634.