En consecuencia de lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el ciudadano: RAFAEL MATHEUS VETANCOURT, titular de la cedula de identidad Numero: 3.753.588 y En consecuencia, se ordena a la entidad de trabajo FONDO GLOBAL DE CONSTRUCCION CA y quien ejerza su función de representante legal , incorpar de manera inmediata a los ciudadanos RAFAEL MATHEUS VETANCOURT, titular de la cedula de identidad Numero: 3.753.588, ASTRID COROMOTO DAMIANI MATHEUS, titular de la cedula de identidad Numero: 18.967.207 , ASTRID SOFIA MATHEUS DAMIANI, titular de la cedula de identidad Numero: 18.967.207 , a la nomina de beneficiarios de la póliza de seguro colectivo que ampara a los traba.....