III
DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTNACIA en la demanda de Nulidad interpuesta por la entidad de trabajo CERVECERÍA POLAR, C.A contra los actos administrativos que ordenaron los reenganches y restitución de derechos de trabajadores de su representada que JAMÁS FUERON DESPEDIDOS, cuya ejecución tuvo lugar el 16 de junio de 2016, dictados por la Inspectoría del Trabajo en Miranda-Este.
SEGUNDO: En apego al principio de igualdad no hay condena en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscri.....