DISPOSTIVO:
Por las razones expuestas este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, JUBILACIÓN y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana SONIA SEMIRAMES BÁEZ en contra de BANCO BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A..
SEGUNDO: En virtud de lo contemplado en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo no hay condenatoria en costas
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el día once (11) de Octubre de dos mil seis (2006). Año 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
La Juez Titular,
DRA. GRELOISIDA OJEDA NÚÑEZ.
La S.....