Finalmente, en cuanto al cuarto y último presupuesto, la manifestación de voluntades contenidas en el contrato transaccional ha sido presentada ante un Juez del Trabajo, esto es, ante un funcionario competente. Así se decide.
En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, HOMOLOGA dicha transacción en los términos en que fue expuesto, se deja constancia que se dará por terminado el presente expediente y se ordenará el cierre y archivo del mismo, una vez hayan transcurrido los lapsos legales para ejercer los recursos legales contra la presente decisión. Así se decide.