Ahora bien es menester señalar que la sentencia es un todo indivisible que a su vez por el principio de unidad del fallo se sobre entiende que la accionada debe acatar dicha sentencia en los termino allí expuestos y cancelar los conceptos condenados en la misma aplicándose la correspondientes experticia complementaria en los términos señalados en la dispositiva de dicha sentencia.
Por lo anteriormente señalado en apego a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por la remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se aclara la decisión dictada y se declara procedente la solicitud de Aclaratoria, la cual forma parte integrante de la decisión dictada en fecha 11 de octubre de 2012. Así de declara.