//Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR el Recurso de Abstensión o Carencia interpuesto por el Abogado JOSE RODRIGUEZ abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº 137.320 en su carácter de apoderado judicial de la CLINICA HERRERA LYNCH Y ASOCIADOS A.C, contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo en el Norte del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se ordena a la Inspectora del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas a practicar la notificación de la ciudadana JESMAR KARINA LEON, titular de la cedula de identidad numero: 9.865.619, en el procedimiento de calificación de faltas que se encuentra instaurado en el expediente .....