VII
DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad opuesta por la parte demandada. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano RAUL OMAR MORALES contra DROFARMA C.A. TERCERO: Se ordena cancelar los conceptos detallados en la motiva del fallo. CUARTO: Se condena en costas a la demandada.