Y luego de advertir este Tribunal el transcurso de más de un año de paralización de la causa, sin que ninguna de las partes realizara actuación alguna tendiente al impulso del proceso, con lo cual se produjo su detención prolongada, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Primero: DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el juicio seguido por el ciudadano DANILO ENRIQUE GONZÁLEZ contra la Sociedad Mercantil BRISTOL MYERS SQUIBB DE VENEZUELA por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Segundo: Se ordena la notificación a las partes de la presente decisión.