Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda y se condena al demandado al pago de: Prestación de antigüedad, e intereses, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, bonificación de fin de año fracción y pago de la bonificación única.
SEGUNDO: Se condena al pago de la corrección desde la fecha de la notificación a la demandada hasta la efectiva ejecución de la sentencia, de conformidad con el artículo 87 del Decreto Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Así mismo se condena al pago de los intereses de mora, desde la culminación de la relación de trabajo hasta la efectiva ejecución del fallo, de acuerdo con el artículo 92 de la Constitución.
TERCERO: Se exonera de costas a la parte demandada.