Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, y en consecuencia, se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos: prestación de antigüedad por un tiempo de servicio 10 meses y 24 días, 45 días e intereses conforme lo previsto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, prestación que será calculada con base al salario integral efectivamente devengado; 12,5 días por utilidades a razón de salario promedio; 12,5 de vacaciones y 5,83 de bono vacacional, conceptos que serán calculados a razón del último salario normal devengado; se condena al pago de las indemnizaciones por despido injustificado: 30 días de salario integral por indemnización de antigüedad, y 30 días de salario integral por indemnización sustitutiva del preaviso conforme al artículo 125 de la Ley Orgá.....