Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, y en consecuencia, se condena a la demandada: Al pago de las prestaciones sociales, intereses, días adicionales, vacaciones, bono vacacional y utilidades, causados entre el 14-05-2001 al 12-01-2004, conforme a los beneficios contenidos en la Convención colectiva de la industria del calzado. Se condena igualmente al demandado al pago de la indemnización por despido injustificado de conformidad con el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo con base al último salario integral efectivamente devengado. Así también se condena al pago de los salarios caídos condenados a pagar en la providencia administrativa de fecha 07-07-2004, a razón del último salario diario normal devengado de Bs. 9.123,83 desde el 12-01-2004 hasta el 17-02-200.....