En ese sentido, observa este tribunal con especial atención que el objeto de la prueba de experticia deducido del escrito promocional cuando se refiere a la "La inalterabilidad de los Códigos Fuentes del Sistema Informático de Nomina" y "Que se especifique la licencia del software o programa del Sistema Informático de Nomina, con indicación del propietario del mismo" de la demandada, escapa groseramente de los límites de la controversia planteada a este despacho, con lo cual la prueba deviene en MANIFIESTAMENTE IMPERTINENTE y así se decide.
Así mismo llama poderosamente la atención, además de la mixtura probatoria pretendida y legalmente proscrita, que la Inspección solicitada recae sobre el hardware y software en posesión y propiedad de la misma demandada con el objeto de asegurar la incontrovertibilidad de unos hechos de forma anticipada y con la venia del Juez, al debate oral y contradictorio constitucional, comprometiendo gravemente principios probatorios básicos y es.....