En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano JOSE RAMÓN SUAREZ contra el CEMEX DE VENEZUELA S.A.C.A y MINISTERIO DEL PODER PODPULAR PARA LAS INDUSTRIAS BÁSICAS Y MINERÍA por prestaciones sociales e indemnizaciones. En consecuencia, se condena al demandado a pagar al actor: salarios no pagados entre el 15 al 25 de agosto de 2011; el preaviso de ley, diferencias en la prestación de antigüedad e intereses, vacaciones 2010-2011, bono vacacional 2010-2011, bono de regreso, vacaciones fraccionadas 2011-2012 y beneficio de alimentación entre el 15 al 25 de agosto de 2011.
SEGUNDO: Se condena al demandado a pagar los intereses de mora de conformidad con lo dispue.....