DISPOSITIVO.-
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano MAC RIVAS contra la demandada HOTEL JW MARRIOTT, CARACAS, (DESARROLLO HOTELCO, C.A.) ambas partes identificadas a los autos, por lo que se ordena a esta ultima a cancelar : 1) 48 días por concepto de vacaciones vencidas correspondientes a los períodos 2003, 2004 y 2005; 2) 24 días por concepto de bono vacacional vencidos correspondientes a los períodos 2003, 2004, y 2005; 3) 7,5 días por concepto de utilidades fraccionadas 2002, 4) 45 días por concepto de utilidades vencidas correspondientes a los períodos 2003, 2004, 2005; 5) Bono nocturno; 6) intereses de mora e indexación. Asimismo se declaran pr.....