REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, cuatro de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2008-002048
Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la parte actora, el cual riela a los folios 29 al 31, del presente expediente, Tribunal pasa a pronunciarse respecto de las mismas, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 numeral 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos:
DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA.-
Referente a la Reproducción del Mérito favorable de Autos, debemos dejar establecido que no es un medio de prueba sino la solicitud de aplicación del principio de la comunidad de la prueba, o de adquisición, sin embargo el Juez al momento de decidir debe hacerlo conforme a los principios de la.....