DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: : PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en la demanda de nulidad incoada por la entidad de trabajo "PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A." (PDVSA) contra la Providencia Administrativa Nº 875-09 dictada el 11/12/2009 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador Sede Norte la cual ordeno el inmediato reenganche del ciudadano SIMANCAS CARDOZO ANTONIO DE LA CRUZ titular de la Cedula de Identidad N° 3.463.105, a su sitio habitual de trabajo y en las mismas condiciones en las cuales las venia desempeñando, con el consiguiente pago de los salarios caídos dejados de percibir desde el momento del despido 14 de julio del 2008 y hasta su definitiva reincorporación.
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