DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de despido incoada por la ciudadana ANA MARIA RUIZ SIERRA contra QUIROPEDISTA TAMANACO, C.A. (BERKEMANN), ambas partes suficientemente identificadas a los autos y se ordena a esta última a reenganchar a la demandante a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su despido ilegal, es decir al cargo de MANICURISTA y a cancelarle los salarios caídos sobre la base del SALARIO MINIMO MENSUAL, desde la fecha de notificación de la demanda hasta la de su efectiva reincorporación, más los aumentos legales (Decretos del Ejecutivo Nacional), contractuales o convencionales que pudiera corresponderle, si fuere el caso, respetando el criterio imperante .....