DISPOSITIVO.-
Este Juzgado Quinto (5°) de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA la acción por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana NELLY MARIA JARAMILLO CABRERA contra SUCESION TOLIO, partes suficientemente identificadas a los autos. de conformidad a lo previsto en el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por cuanto el salario devengado por la actora no excede de los tres salarios mínimos.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web.....