Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana Cleotilde María Márquez contra Detalles Mimina S.A., partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que se condena a ésta ultima a cancelar los siguientes conceptos: (1) la cantidad de diez mil bolívares fuertes (Bsf. 10.000,00) por concepto de daño moral establecido en el artículo 1.196 del Código Civil Venezolano; (2) prestación de antigüedad y sus intereses: (3) vacaciones fraccionadas; (4) bono vacacional fraccionado; (5) indexación y; (6) intereses de mora, de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva del fallo y para su cuantificación se ordena la practica complementaria del fallo. Segundo: No hay expresa condenatoria en costas por cuan.....