-IV-
DISPOSITIVA
Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en sede Constitucional, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: Declara: Primero: INADMISIBLE la presente solicitud de amparo interpuesta por la Supuesta Parte Agraviada ciudadano ITALO RAFAEL LOPEZ, contra la parte Supuestamente Agraviante DISTRIBUIDRA CONTINENTAL, S.A. (BLOQUE DE ARMAS) de acuerdo al articulo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, Contemplado en el Numeral 5. Segundo: No hay condenatoria en costas.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
Se ordena .....