Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: El desistimiento de la nulidad interpuesta por la ciudadana Marlene Mendoza de Marcano contra la Providencia Administrativa Nº 22, dictada en fecha 7 de febrero de 2001, por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital del Municipio Libertador. Segundo: Se ordena notificar de la presente decisión a la ciudadana Marlene Mendoza de Marcano, en su carácter de parte recurrente, en el entendido que una vez se consigne en el expediente su notificación, se comenzará a computar el lapso de cinco (5) días hábiles para el ejercicio de los recursos legales pertinentes. Asimismo, se aclara que no se ordena la notificación del Procurador General de la República por cuanto la sentencia no obra contra los intereses patri.....