Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Se declina la competencia para conocer y resolver esta causa en el Juzgado Cuadragésimo Tercero (43º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial. Segundo: Una vez firme la presente decisión, se ordena remitir el presente asunto a dicho Juzgado.