este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Sin lugar la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los apoderados judiciales de la entidad de trabajo Cervecería Polar, C.A. contra la Providencia Administrativo de fecha 25 de mayo 2012, contenida en el expediente administrativo Nº 027-2012-01-0222, dictado por la Inspectoría del Trabajo en Este de Caracas, con motivo de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos declarada con lugar a favor del ciudadano Yorman Gerardo Bredenbach Clemente, partes suficientemente identificadas a los autos.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en l.....