VI.-
DISPOSITIVO.-
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa de prescripción alegada por los apoderados judiciales del INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO DE VENEZUELA (IPOSTEL), en la demanda incoada por los ciudadanos JOSE RONDON, MARIA MAESTRE, HELMER ROSALES, AVILIO ESCOBAR y FELIZ VALENCIA, contra el INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO DE VENEZUELA (IPOSTEL), partes suficientemente identificadas a los autos, en lo que respecta a las diferencias por incorrecta aplicación de los tabuladores hasta la fecha de su jubilación. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por diferencias de salarios basadas en la aplicación del tabulador establecido en el Contrato Colectivo incoada por los ciudadanos JOSE RONDON, MARIA MAESTRE, HELMER ROSALES, AVILIO ESCOBAR.....