VI.
Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin Lugar la calificación de despido incoada por el ciudadano Raúl Alejando Yáñez Acosta contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social., partes suficientemente identificadas a los autos. Segundo: No hay condenatoria en costas de acuerdo a la interpretación del principio de igualdad procesal dado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 172, de fecha 18.02.2004. Tercero: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de la presente decisión.