Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por diferencias de pagos de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuso el ciudadano JOSE GREGORIO LUGO URBAEZ, contra DISCARSIR, C. A., ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de TRECE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES CON CINCO CENTIMOS (BS. 13.823,05), por los conceptos debidamente discriminados en la forma que establece la presente decisión más la cantidad que resulte del cálculo que realice el perito designado al efecto por este Tribunal. Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado perdidosa en el presente juicio