En consecuencia, este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, vista que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS, dándole efectos de cosa Juzgada. Así mismo se da por terminado el presente asunto vista la materialización del presente acuerdo. Es todo, se leyó, termino y conformes firman.