Como corolario de las consideraciones expuestas, este Juzgado Cuarto (4) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, declara la INADMISIBILIDAD de la presente demanda intentada por el ciudadano OSWALDO JOSÉ MAMBIE MAGDALENO, quien manifestó ser el apoderado de la ciudadana VICTORIA MAMBIE HERNANDEZ, contra la CAJA DE AHORROS DE TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE FINANZAS (CATMINF), por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. Así se decide. Publíquese y regístrese la presente decisión. Años 207° y 158º.
LA JUEZA
ABG. LILIA NOHEMI ZORIANO TREJO
EL SECRETARIO
ABG. JESUS JAVIER COLINA
NOTA: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
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