este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Juez
La Secretaria
Nereida Hernández González
Norialy Romero
Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
La Juez
La Secretaria
Nereida Hernández González
Norialy Romero